
Tienes derecho a ser asistido por un letrado, preferentemente especializado en niñez y adolescencia, desde el inicio del procedimiento judicial o administrativo que te incluya. En caso de carecer de recursos económicos el Estado deberá asignarte de oficio un letrado que te patrocine. art. 27, inc. c, de la ley 26.061



Si tienes edad y grado de madurez suficiente puedes solicitar al Juez, o al asesor de personas menores de edad, información sobre los posibles abogados especializados, inscriptos en el registro local, a los fines de poder elegir uno que te asista en juicio.(art 20 Inc. VII Código de Procedimientos de Mendoza -CPCCyT-)
Puedes enviar un correo electrónico a nnya@abogadosdemendoza.com








